Casación confirmó una condena por narcotráfico en Córdoba
La Sala III rechazó la casación del peruano Acosta Talledo, sentenciado a seis años y medio por el transporte de cocaína desde Salta.
REDACCION
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de seis años y medio de prisión que un tribunal de Córdoba impuso al camionero peruano Felipe Acosta Talledo como coautor del transporte de cocaína luego de rechazar su casación.
La causa narco radicada en Córdoba
La investigación judicial determinó que, en cerca del 17 de junio de 2021, Acosta Talledo acordó con su compatriota Edwin Rubén Quispe Herreras y Osvaldo Junior Vásquez Gutiérrez transportar drogas desde la localidad salteña de Nueva Orán hasta la ciudad de Córdoba.
Vásquez Gutiérrez envió una encomienda a Córdoba con más de seis kilos de cocaína y cloruros, dividida en seis paquetes. La encomienda tenía como destinatario a Quispe Herreras, quien la retiró de la sucursal de Integral Pack Express. Se subió a un remis que finalmente fue interceptado y detenido por Gendarmería con la droga oculta dentro de un parlante.
Quispe Herreras fue condenado ese mismo año por el transporte de la droga, pero Acosta Talledo negó su participación en el hecho, por lo que la causa se desdobló y fue juzgado con posterioridad.
El fiscal del juicio Maximiliano Hairabedian indicó que si bien era cierto que Acosta Talledo no había sido detenido en flagrancia ni enviando ni retirando la encomienda, sí existían indicios que lo apuntaban como parte de la misma maniobra.
Aunque Quispe Herreras habló de un hombre misterioso de un tatuaje del sol negro en el cuello que le ofreció pagarle 1.500 dólares para trasladar la droga a Córdoba (y a pesar de que Acosta Talledo no tenía ningún tatoo), Hairabedian recordó que el primero no tenía la obligación de declarar la verdad en la indagatoria.
Y que los indicios apuntaban a Acosta Talledo y no a un hombre misterioso y desconocido, con tatuaje, como había mencionado Quispe. Esos elementos indiciarios fueron configurando, para el fiscal, las sospechas de la participación de Acosta Talledo.
Tras el despacho de la narcoencomienda en Salta, tanto Vásquez Gutiérrez y Quispe Herreras como Acosta viajaron juntos a Córdoba.
El fiscal pidió que fuera condenado a siete años y seis meses de cárcel, pero su defensor público oficial, Jorge Perano, solicitó su absolución o, en su defecto, que fuera sentenciado sólo por confabulación.
Finalmente, el juez Fabián Asís, del Tribunal Oral Federal Nº 2 de Córdoba, lo condenó a seis años y medio en 2024.
Recurso de casación
La defensa de Acosta Talledo casó el fallo. Sostuvo la inexistencia de pruebas directas que acreditaran la participación del acusado, basándose la sentencia únicamente en indicios que calificaron como "anfibológicos”.
También alegó violación del principio in dubio pro reo (sostuvo que no había certeza suficiente para condenar) y una supuesta arbitrariedad en la valoración de testimonios e intervenciones telefónicas (dijo que el ingreso ilegal al país se debió al contexto de la pandemia y no a una intención criminal).
Fallo de la Cámara de Casación y fundamentos
La Sala III, integrada por Carlos Mahiques, Juan Gemignani y Mariano Borinsky, rechazó el recurso y confirmó así la condena.
Los argumentos centrales fueron la fuerza de la prueba indiciaria, ya que los indicios, valorados en conjunto y no de forma aislada, permitieron alcanzar una certeza sobre la responsabilidad del peruano.
También destacaron el vínculo probado, es decir, que Acosta Talledo viajó con el remitente (Vásquez Gutiérrez) y el destinatario (Quispe Herrera) de la droga días antes del secuestro. Señalaron además que su madre fue quien contrató el remis para que Quispe Herreras retirara la cocaína.
Por otro lado, resaltaron que en las escuchas telefónicas se mencionó la vinculación del condenado con la droga secuestrada y su posterior huida hacia Perú tras la detención de su cómplice (Quispe Herreras).
Finalmente, los camaristas descartaron la excusa de Acosta Talledo sobre su ingreso ilegal para cuidar a su madre enferma, al comprobarse que la mujer realizaba actividades normales y que el condenado desapareció inmediatamente después del operativo policial.
Causa: "Acosta Talledo, Felipe s/recurso de casación” (FCB 4934/2021)
Tribunal: Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal
Fecha: 18/12/2025
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