Condenaron a la Universidad Católica de Córdoba por el despido discriminatorio de una docente

Un fallo de la Cámara del Trabajo determinó que la desvinculación de una profesora de la Facultad de Psicología no obedeció a una reestructuración, como alegó la institución, sino a represalias por su actividad gremial y reclamos laborales.

Campus de la Universidad Católica de Córdoba. (Captura/©Google Street View)

La Sala 7 de la Cámara del Trabajo de la ciudad de Córdoba condenó a la Universidad Católica de Córdoba (UCC) a indemnizar a una docente tras considerar que su despido fue un acto "discriminatorio" motivado por su activismo sindical.

En sala unipersonal, el juez José Luis Emilio Rugani hizo lugar parcialmente a la demanda presentada por María Cristina Córdoba, quien se desempeñaba como profesora en la carrera de Psicología. La docente había denunciado que su desvinculación fue una respuesta de la universidad ante los reclamos colectivos organizados por el cuerpo docente.

El conflicto: traslado al campus y falta de obra social

Según consta en el expediente, el conflicto se originó cuando la universidad decidió trasladar el dictado de la carrera de Psicología desde la sede centro (calle Obispo Trejo) al campus universitario (en avenida Armada Argentina) para el ciclo 2023, y ante la falta de cobertura de la obra social (Osrja) asignada por la institución, la cual había dejado de prestar servicios en Córdoba.

Ante esta situación, un grupo de docentes, entre los que la actora cumplía un rol de "activista", se organizó a través de grupos de WhatsApp y presentó diversas notas a las autoridades (Decanato y Rectorado) solicitando una mesa de diálogo, mejoras salariales y soluciones ante la precarización laboral. Además, la docente notificó su afiliación al Sindicato Argentino de Docentes Particulares (Sadop) en mayo de 2023.

El despido y los argumentos de las partes

El 27 de junio de 2023, la UCC notificó el despido de la docente mediante escritura pública, alegando "razones de reestructuración" y abonando la indemnización por despido sin causa. La institución negó en el juicio la existencia de discriminación, argumentando que la medida fue general y basada en facultades de dirección y organización.

Sin embargo, el juez Rugani señaló que la universidad no aportó documentación ni pruebas idóneas que respaldaran la supuesta reestructuración. Al respecto, el magistrado destacó la "sincronía temporal" entre los reclamos y el despido, observando que la medida también afectó a otros docentes que participaron en las protestas.

El fallo: discriminación y resarcimiento

La sentencia concluyó que se configuró un cuadro indiciario suficiente para determinar que el despido encubrió un acto "discriminatorio" por la opinión gremial y la actividad sindical de la docente, encuadrándose en la ley 23.592 (Ley Antidiscriminatoria).

El tribunal declaró la nulidad del despido, pero rechazó el pedido de reinstalación al puesto de trabajo solicitado por la demandante. El juez argumentó que, dado que la docente no gozaba de la estabilidad gremial formal de la ley 23.551, forzar la reincorporación podría generar nuevos conflictos y prácticas antisindicales por parte de la empleadora.

En su lugar, el fallo ordenó a la UCC el pago de una indemnización por daños y perjuicios equivalente a 13 sueldos por un total de 486.720 pesos (calculados sobre el haber de julio de 2023), más los intereses.

A su vez, el juez desestimó el reclamo por daño moral, al considerar que la indemnización especial ya cubría ese perjuicio. El fallo fue apelado tanto por el Sadop (que busca que la profesional sea reincorporada) como la UCC.

Causa: "Córdoba María Cristina C/Asociación Civil Universidad Católica de Córdoba–Ordinario– Haberes- SAC N°12347431"

Tribunal: Sala Séptima de la Cámara Única del Trabajo de la ciudad de Córdoba

Fecha: 27/11/2025

REDACCIÓN JUDICIALES | Córdoba

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