Córdoba: la Justicia autorizó a Molino Cañuelas a conformar un fideicomiso de garantía

El pago de las obligaciones del concurso preventivo será garantizado con marcas de la firma: Cañuelas, Pureza, 9 de Oro y Mamá Cocina.

Bechis. (Foto: La Voz)

REDACCIÓN JUDICIALES | Córdoba

El Juzgado Civil y Comercial de 6ª Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Córdoba, autorizó a las firmas Molino Cañuelas Sacifia (Molca) y Compañía Argentina de Granos SA (Cagsa) a constituir un fideicomiso en garantía de las obligaciones contraídas en el concurso preventivo.

El fallo sobre Cañuelas

La resolución ordena la inscripción ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) de la cesión fiduciaria de marcas reconocidas como "Cañuelas", "Pureza", "9 de Oro", "Pigüé", "Letizia", "Paseo" y "Mamá Cocina" en todas sus clases.

Molino Cañuelas retendrá la licencia de uso y explotación exclusiva de las marcas (con un valor de mercado estimado en 15.743.000 dólares, según un informe técnico) bajo la condición de preservar su prestigio y valor.

Esta resolución judicial se produce tras la homologación del acuerdo preventivo de Molino Cañuelas y Cagsa, dictada el 31 de julio de 2025, según el fallo publicado por la Justicia.

Como parte de la propuesta aceptada por los acreedores, las empresas se comprometieron a constituir un fideicomiso de garantía sobre sus activos marcarios dentro de un plazo de 30 días hábiles desde que la homologación quedara firme.

El proceso para concretar esta garantía incluyó una etapa de revisión por parte de la sindicatura plural, que actuó como órgano de control del acuerdo. Durante este trámite, se debieron ajustar cláusulas contractuales clave, como el traslado de la jurisdicción legal de Buenos Aires a los tribunales de Río Cuarto y la fijación de plazos para la rendición de cuentas semestral del fiduciario.

Asimismo, fue necesaria la intervención de importantes entidades bancarias y organismos internacionales como el International Finance Corporation (IFC) y el Deutsche Bank, quienes, en su carácter de acreedores privilegiados con contratos que limitan el gravamen de activos, otorgaron dispensas previas para posibilitar la formación del fideicomiso.

La jueza Mariana Martínez subrayó que la constitución de este fideicomiso refuerza el compromiso de cumplimiento de la deuda, ya que otorga a los acreedores una preferencia sobre activos esenciales para el negocio.

Para viabilizar la medida, la magistrada dispuso el levantamiento de la inhibición general de bienes de la concursada al solo efecto de formalizar la cesión de las marcas. No obstante, la operatividad del oficio quedó supeditada a que la empresa presente la traducción de la dispensa otorgada por el IFC.

Causa: “Molino Cañuelas SACIFIA – Concurso Preventivo (SAC 10304378)”.

Tribunal: Juzgado Civil y Comercial de 6ª Nominación de la ciudad de Río Cuarto

Fecha: 23/12/2025

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